miércoles, 11 de octubre de 2017

Pregunta 14: Examen de C.A. de Castilla y León - Acceso libre - Subgrupo C2 - Diciembre de 2016


RESPUESTA: a) b) c) d)

4 comentarios:

  1. Yo creo que todas las respuestas son verdaderas.

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    1. Hay una respuesta que no pone fin al procedimiento administrativo. Cuidado con el juego de palabras!!!

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  2. Todas las respuestas son correctas, se marca la respuesta B) como la cierta, pero todas las opciones ponen fin al procedimiento administrativo, tal como recoge el artículo 84 de la Ley :

    Artículo 84. Terminación.

    1. Pondrán fin al procedimiento la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad.

    2. También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso.

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    1. Según el artículo 84.1 ponen fin al procedimiento administrativo:
      - La resolución
      - El desistimiento
      - La renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico.
      - La declaración de caducidad.

      Se renuncia a un derecho
      Se desiste de una solicitud
      No se puede desistir de un derecho

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